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RCU 0113-2025 ACCEDER a la reconsideración, no existe base legal en la Ley Universitaria Nº 30220 que sustente la elección de un Representante del Sindicato Docente ante la Asamblea Universitaria
dc.contributor.author | Consejo Universitario, Comité Electoral Universitario | |
dc.date.accessioned | 2025-03-11T15:58:28Z | |
dc.date.available | 2025-03-11T15:58:28Z | |
dc.date.issued | 2025-03-06 | |
dc.identifier.uri | http://transparencia.unsa.edu.pe:8080/xmlui/handle/123456789/1504 | |
dc.description.abstract | 1. ACCEDER a la reconsideración presentada por la Dra. Jesús Felicitas Juliano Ramos, Decana de la Facultad de Ciencias Biológicas mediante Oficio Nº 026-2025-FCB/UNSA, por considerar que no existe base legal en la Ley Universitaria Nº 30220, que sustente la elección de un Representante del Sindicato Docente ante la Asamblea Universitaria, y porque se estaría vulnerando el principio de autonomía sindical establecido en el artículo II de la Constitución Política del Perú y por ende, la representatividad sindical en la Universidad, al contar ya con un Secretario General, representante de los docentes, elegido por elección; en consecuencia 2. Dejar sin efecto el acuerdo adoptado por Consejo Universitario en su sesión del 09 de enero de 2025 y por ende la Resolución de Consejo Universitario N° 0021-2025 del 15 de enero de 2025, únicamente, en el extremo que aprobó el "Reglamento de Elecciones para Representante del Sindicato Docente ante Asamblea Universitaria, periodo 2025-2026 y su Cronograma respectivo, dejando plenamente subsistentes los demás extremos de la referida Resolución de Consejo Universitario Nº 0021-2025. | en_US |
dc.subject | Oficio Nº 026-2025-FCB/UNSA | en_US |
dc.subject | Oficio Nº 261-2025-CEU | en_US |
dc.title | RCU 0113-2025 ACCEDER a la reconsideración, no existe base legal en la Ley Universitaria Nº 30220 que sustente la elección de un Representante del Sindicato Docente ante la Asamblea Universitaria | en_US |